de esta manera, en el ámbito de los impuestos directos, estas operaciones deberán tributar, bien en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (irpf), o bien, en el impuesto sobre sociedades (is). en el ámbito de los impuestos indirectos o de consumo, será el impuesto sobre el valor añadido (iva), en la mayoría de los contratos, el que se devengue. en ocasiones, con una cierta coordinación con el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (itp y ajd).
por supuesto, no podemos olvidar otros ámbitos de la fiscalidad, como la autonómica y la local o municipal, que también pueden tener su influencia en determinadas operaciones.
la compraventa mercantil es muy amplia y a la hora de ofrecer información sobre su fiscalidad, sería necesario analizar las operaciones concretas. con carácter general, nos encontraremos con compras y ventas entre empresarios, lo cual, nos delimita su calificación en la imposición directa y en la indirecta.
ante cualquier duda sobre una operación concreta, no dudes y pregunta a un abogado.